La DGT avisa: No circular por el carril derecho puede suponer multas de hasta 200 euros

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El Reglamento General de Circulación estipula que hay que circular por la derecha salvo para adelantar o por circunstancias de la vía.

Es la conducta que más enfrenta a los conductores en las vías rápidas. Circular por el carril izquierdo si está despejado el derecho no solo es una molestia para el resto de coches de la vía, sino que también está prohibído por el Reglamento General de Circulación, pudiendo ser motivo de una multa de hasta 200 euros.

Según los datos que baraja la DGT, el porcentaje de utilización del carril derecho llega a ser del 60% en las vías rápidas de doble carril. El «Síndrome del carril izquierdo», es una práctica habitual cuyo mal uso provoca más retenciones, frenazos y alcances, por tanto el carril izquierdo es sólo para adelantar, para circular siempre el derecho.

No obstante, el Reglamento General de Circulación establece en su artículo 31 que, en el caso de calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha y fuera de poblado «se circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga».

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